BOE-A-2026-5084

Boletín Oficial del Estado

Resolución de 20 de Noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el Recurso Interpuesto Contra la Nota de Calificación de la Registradora de la Propiedad de Ponteareas, por la Que Se Suspende la Asignación de Un Número de Registro Único de Alquiler de Corta Duración Turístico por Constar Una Prohibición en los Estatutos de la Propiedad Horizontal.

Fecha de publicación

miércoles, 4 de marzo de 2026

Resumen

Resolución de 20 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública

Esta resolución inadmite un recurso presentado contra la nota de calificación de la registradora de la Propiedad de Ponteareas, que suspendió la asignación de un número de registro para un alquiler turístico de corta duración debido a una prohibición en los estatutos de la comunidad de propietarios. La decisión se fundamenta en la similitud con resoluciones previas que han sido desestimadas en casos análogos, remitiendo a sus fundamentos jurídicos.

El impacto práctico para propietarios y gestores de alquileres turísticos es que, en casos donde los estatutos de la comunidad prohíben expresamente este tipo de actividad, la Administración registra la negativa en el proceso de inscripción. La resolución también señala que contra esta decisión se puede interponer recurso judicial en un plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Civil correspondiente, siguiendo las normas del juicio verbal.

La resolución refuerza la jurisprudencia sobre la compatibilidad de las prohibiciones estatutarias en comunidades de propietarios con la inscripción registral de alquileres turísticos de corta duración. En consecuencia, afecta principalmente a abogados, gestores inmobiliarios y propietarios que intenten registrar este tipo de alquileres en comunidades con cláusulas restrictivas.

La resolución entra en vigor de forma inmediata desde su publicación el 4 de marzo de 2026.