BOE-A-2026-5089

Boletín Oficial del Estado

Resolución de 20 de Noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el Recurso Interpuesto Contra la Nota de Calificación del Registrador de la Propiedad de Vera, por la Que Se Suspende la Asignación de Un Número de Registro Único de Alquiler de Corta Duración Turístico por Constar Una Prohibición en los Estatutos de la Propiedad Horizontal.

Fecha de publicación

miércoles, 4 de marzo de 2026

Resumen

Resolución de 20 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública

Esta resolución inadmite el recurso presentado por J. V. B. contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de Vera, que suspendió la asignación de un número de registro único de alquiler turístico de corta duración debido a una prohibición en los estatutos de la comunidad de propietarios. La decisión se fundamenta en la identidad de hechos con resoluciones previas similares, que han sido desestimadas por este organismo en fechas anteriores (julio a octubre de 2025).

El impacto práctico para los afectados, principalmente propietarios y gestores de alquileres turísticos, es que no se podrá registrar ni legalizar la actividad en inmuebles con restricciones estatutarias similares, reforzando la validez de las prohibiciones en los estatutos de comunidades de propietarios. Jurídicamente, la resolución confirma la inadmisibilidad del recurso, remitiendo a los fundamentos de Derecho de resoluciones anteriores, y establece que contra esta decisión procede recurso de vía judicial en un plazo de dos meses desde la notificación, ante el Juzgado de lo Civil correspondiente.

La resolución entra en vigor de inmediato y clarifica la posición de la Administración en la materia, consolidando la interpretación de las limitaciones en el registro de alquileres turísticos en comunidades con prohibiciones estatutarias.