BOE-A-2026-5092

Boletín Oficial del Estado

Resolución de 20 de Noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el Recurso Interpuesto Contra la Nota de Calificación del Registrador de la Propiedad de Vélez-málaga N.º 3, por la Que Se Suspende la Asignación de Un Número de Registro Único de Alquiler de Corta Duración Turístico por Constar Una Prohibición en los Estatutos de la Propiedad Horizontal.

Fecha de publicación

miércoles, 4 de marzo de 2026

Resumen

Resolución de 20 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública

Esta resolución inadmite el recurso presentado por R. S. M. P. contra la nota de calificación del registrador de Vélez-Málaga, que suspendió la asignación de un número de registro de alquiler turístico de corta duración debido a una prohibición en los estatutos de la comunidad de propietarios.

El fallo confirma que el caso es idéntico a otros resueltos previamente en resoluciones similares, por lo que se declara la inadmisión del recurso y se remite a los fundamentos jurídicos de dichas resoluciones. La decisión afecta a propietarios y gestores de alquileres turísticos en comunidades con restricciones estatutarias, consolidando la interpretación de que las prohibiciones en los estatutos pueden impedir la inscripción registral de estos alquileres.

Se informa que contra esta resolución procede recurso de amparo ante el Juzgado de lo Civil en el plazo de dos meses desde la notificación, siguiendo las normas del juicio verbal según los artículos 325 y 328 de la Ley Hipotecaria. La resolución entra en vigor inmediatamente tras su publicación.

Este pronunciamiento refuerza la posición del Registro en la inadmisión de solicitudes que contravengan las prohibiciones estatutarias en comunidades de propietarios, aportando seguridad jurídica en la gestión de alquileres turísticos en estos ámbitos.