BOE-A-2026-5097

Boletín Oficial del Estado

Resolución de 20 de Noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el Recurso Interpuesto Contra la Nota de Calificación del Registrador de la Propiedad de Marbella N.º 3, por la Que Se Suspende la Asignación de Un Número de Registro Único de Alquiler de Corta Duración Turístico por Figurar la Finca Objeto de la Solicitud «en Construcción» y Constar Una Prohibición en los Estatutos de la Propiedad Horizontal.

Fecha de publicación

miércoles, 4 de marzo de 2026

Resumen

Resolución de 20 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública

Esta resolución inadmite el recurso presentado por M. A. C. L. y P. A. M. contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de Marbella nº 3, que suspendía la asignación de un número de registro para un alquiler turístico de corta duración. La causa de la suspensión se debía a que la finca figuraba «en construcción» y existía una prohibición en los estatutos de la propiedad horizontal.

El fallo confirma que el caso es idéntico a resoluciones previas, y por tanto, se declara la inadmisión del recurso, remitiendo a los fundamentos jurídicos de dichas resoluciones. La decisión afecta a propietarios y gestores de inmuebles en proceso de alquiler turístico, especialmente en situaciones de construcción o con restricciones estatutarias, estableciendo que no procede la inscripción en estos casos.

Los interesados pueden recurrir esta resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil correspondiente en un plazo de dos meses desde la notificación, siguiendo las normas del juicio verbal, conforme a los artículos 325 y 328 de la Ley Hipotecaria.

La resolución entra en vigor de forma inmediata y busca consolidar criterios sobre la imposibilidad de registrar alquileres turísticos en fincas en construcción o con limitaciones estatutarias, aportando seguridad jurídica en la materia.