Adjudicación de Contrato Público
La adjudicación es la resolución administrativa por la que el órgano de contratación selecciona al licitador ganador y formaliza el contrato. Su publicación en la Sección V del BOE es obligatoria para contratos del sector público estatal que superen los umbrales legales.
¿Qué es la adjudicación de un contrato público?
La adjudicación es el acto administrativo mediante el cual el órgano de contratación (ministerio, organismo público o entidad del sector público) decide qué empresa o profesional ejecutará el contrato, una vez evaluadas todas las ofertas presentadas.
Se distinguen dos fases:
- Propuesta de adjudicación: resolución provisional que el órgano de contratación comunica a los licitadores antes de hacerla definitiva
- Adjudicación definitiva: resolución firme que se publica en el BOE y en el perfil del contratante; abre el plazo para formalizar el contrato
¿Qué información incluye una resolución de adjudicación en el BOE?
Las resoluciones de adjudicación publicadas en la Sección V del BOE deben incluir:
- Empresa o UTE adjudicataria y su NIF
- Importe de adjudicación (sin IVA e IVA incluido)
- Criterios de valoración y puntuaciones
- Plazo de ejecución
- Fecha de formalización del contrato
- Referencia al expediente en el perfil del contratante
Plazo entre adjudicación y formalización
Tras la publicación de la adjudicación, existe un plazo de espera de 15 días hábiles (para contratos sujetos a regulación armonizada) antes de poder firmar el contrato. Este plazo permite a los licitadores no seleccionados interponer recurso especial en materia de contratación.
Diferencia entre adjudicación y formalización
- Adjudicación: selección del contratista mediante resolución administrativa
- Formalización: firma del contrato propiamente dicho, que también se publica en el BOE
Hasta la formalización, el contrato no produce efectos. Si el adjudicatario no firma en el plazo establecido, pierde la garantía definitiva y puede ser excluido de futuras licitaciones.
Diferencias con conceptos similares
La adjudicación es la resolución que designa al ganador, pero no es el contrato en sí. La formalización es la firma del contrato, que se publica también en el BOE. La licitación es el procedimiento previo mediante el que se reciben ofertas. El pliego es el documento que establece las condiciones antes de licitar.
Tabla resumen
| Fase | Documento | Publicación | Efecto |
|---|---|---|---|
| Convocatoria | Anuncio de licitación | BOE + PLACSP | Abre el plazo de ofertas |
| Selección | Resolución de adjudicación | BOE + Perfil del contratante | Designa al ganador |
| Contrato | Formalización | BOE (si procede) | El contrato produce efectos |
Preguntas frecuentes
¿Dónde puedo consultar las adjudicaciones del BOE?
En la Sección V del BOE, filtrada por el tipo "adjudicación". En BOE Hoy puedes buscar "adjudicación" en el buscador o filtrar por la Sección V para ver los contratos adjudicados más recientes.
¿Puedo recurrir una adjudicación del BOE?
Sí. Los licitadores que no hayan resultado adjudicatarios pueden interponer recurso especial en materia de contratación ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC) o el órgano autonómico equivalente, en el plazo de 15 días hábiles desde la publicación.
¿Qué pasa si la empresa adjudicataria no firma el contrato?
Si el adjudicatario no formaliza el contrato en el plazo establecido, pierde la garantía definitiva constituida y puede quedar excluido de futuras licitaciones. El órgano de contratación puede entonces adjudicar el contrato al siguiente licitador en puntuación.