Observatorio de la Contratación Pública: qué es y a qué te refieres
El nombre "Observatorio de la Contratación Pública" se usa en España para dos realidades distintas: el ObCP, una asociación académica privada sin ánimo de lucro creada en 2011, y la función pública de supervisión del mercado que ejerce por ley la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIReScon), regulada en el artículo 332 de la LCSP.
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El problema: buscas "el Observatorio" y no sabes si es un organismo oficial
Has visto citado el "Observatorio de la Contratación Pública" en un informe, un artículo jurídico o una charla sobre licitaciones, y das por hecho que es un organismo público al que puedes dirigirte o cuyos informes tienen valor oficial. Antes de citarlo o basar una decisión en sus contenidos, conviene aclarar de qué "observatorio" se está hablando, porque en España conviven dos cosas distintas bajo un nombre parecido.
El ObCP: una asociación académica, no un organismo público
Lo que más habitualmente aparece al buscar "Observatorio de la Contratación Pública" es el ObCP (obcp.es), una iniciativa de colaboración público-privada sin ánimo de lucro creada en octubre de 2011. La dirige José María Gimeno Feliú, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Zaragoza, junto con José Antonio Moreno Molina, catedrático de la Universidad de Castilla-La Mancha, con un equipo de investigadores de varias universidades.
El ObCP publica noticias, artículos doctrinales, un boletín y organiza congresos anuales sobre contratación pública. Es una referencia habitual en el sector jurídico por la calidad de sus análisis, pero no es un órgano de la Administración: no tiene potestad de supervisión, no tramita expedientes ni sus publicaciones tienen carácter normativo o vinculante. Cítalo como fuente doctrinal, no como autoridad administrativa.
OIReScon: el organismo público que sí supervisa el mercado de contratación
Si lo que buscas es el organismo estatal que efectivamente supervisa el mercado de contratación pública en España, ese papel lo cumple la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIReScon), regulada en el artículo 332 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP). Es un órgano colegiado con plena independencia orgánica y funcional, adscrito al Ministerio de Hacienda, cuya finalidad es velar por la correcta aplicación de la normativa de contratación pública y, en particular, promover la concurrencia y combatir las irregularidades en este ámbito.
Entre sus funciones más visibles está la elaboración de un Informe Anual de Supervisión de la Contratación Pública en España, previsto en el artículo 332.9 LCSP, con un contenido mínimo fijado en el apartado octavo del mismo artículo: entre otros extremos, una relación de los principales incumplimientos detectados por los órganos, instituciones y poderes con competencias de supervisión o jurisdiccionales. El informe se remite a la Comisión Europea a través del Comité de Cooperación en materia de contratación pública y se publica en la Plataforma de Contratación del Sector Público.
Cómo distinguir a cuál te refieres
- Si necesitas doctrina, análisis jurídico o noticias del sector, lo habitual es que te refieras al ObCP (obcp.es), la asociación académica.
- Si necesitas datos oficiales de supervisión, informes anuales o denunciar una irregularidad ante la Administración, el organismo competente es OIReScon, dependiente del Ministerio de Hacienda.
- Si tu duda es sobre interpretación de una cláusula o de un artículo de la LCSP, el órgano de referencia es la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, que emite informes no vinculantes a solicitud de los órganos de contratación.
Sigue la normativa de contratación pública en el BOE
Tanto las resoluciones de OIReScon como las modificaciones de la LCSP y las convocatorias relacionadas con el órgano de contratación se publican en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Puedes seguir estas publicaciones desde el buscador de BOE Hoy o consultar la guía sobre cómo participar en una licitación pública siendo pyme para entender el marco normativo completo antes de presentarte a un procedimiento.
Los resúmenes son orientativos. Para efectos legales, consulta siempre el texto íntegro en boe.es.
Diferencias con conceptos similares
El ObCP es una asociación académica privada, sin potestad administrativa, que publica doctrina y noticias sobre contratación pública. OIReScon es un órgano colegiado público, creado por el artículo 332 de la LCSP, con independencia orgánica y funcional, que supervisa el mercado de contratación y elabora el Informe Anual de Supervisión. La Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado (artículo 328 LCSP) tiene una función distinta a ambos: emite informes y recomendaciones interpretativas, no vinculantes, a petición de los órganos de contratación, pero no ejerce funciones de supervisión del mercado.
Preguntas frecuentes
¿El Observatorio de la Contratación Pública es un organismo oficial?
Depende de a cuál te refieras. El ObCP (obcp.es) es una asociación académica privada sin ánimo de lucro, no un organismo de la Administración. El organismo público que ejerce funciones de supervisión del mercado de contratación es la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIReScon), regulada en el artículo 332 de la LCSP.
¿Qué es OIReScon?
Es la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación, un órgano colegiado con independencia orgánica y funcional, adscrito al Ministerio de Hacienda, creado por el artículo 332 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público. Su función es velar por la correcta aplicación de la normativa de contratación pública y elaborar el Informe Anual de Supervisión.
¿Puedo citar los informes del ObCP en un procedimiento administrativo?
El ObCP publica doctrina y análisis jurídico de referencia en el sector, pero al ser una asociación privada, sus contenidos no tienen valor normativo ni vinculante. Para fundamentar un escrito ante la Administración conviene citar la norma aplicable (LCSP, reglamentos) o, en su caso, informes oficiales de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado o de OIReScon.
¿Dónde se publica el Informe Anual de Supervisión de OIReScon?
Se remite a la Comisión Europea a través del Comité de Cooperación en materia de contratación pública y se publica en la Plataforma de Contratación del Sector Público, conforme al artículo 332.9 de la LCSP.