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Sección IV del BOE: Administración de Justicia (Edictos y Requisitorias Judiciales)

La Sección IV del BOE, "Administración de Justicia", recoge los edictos, notificaciones, requisitorias y anuncios que emiten juzgados y tribunales cuando no han podido notificar a una persona por los medios ordinarios. Es la sección donde puede aparecer tu nombre si eres parte de un procedimiento judicial cuyo domicilio se desconoce o del que no se ha logrado notificarte directamente. Desde 2015, la mayoría de estos edictos se centralizan también en el Tablón Edictal Judicial Único. BOE Hoy resume cada anuncio para que sea más fácil detectar si te afecta.

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Qué es la Sección IV del BOE

La Sección IV, "Administración de Justicia", es donde juzgados y tribunales españoles publican edictos, notificaciones, requisitorias y otros anuncios de carácter judicial. A diferencia de las notificaciones administrativas (que usan el Tablón Edictal Único del propio BOE), esta sección corresponde específicamente a actos del Poder Judicial: juzgados de primera instancia, tribunales de instancia, audiencias provinciales y el Tribunal Supremo.

Qué tipos de anuncios se publican en la Sección IV

  • Edictos judiciales, cuando un juzgado no ha podido notificar una resolución a una de las partes por los medios ordinarios y recurre a la publicación oficial.
  • Requisitorias, mediante las que un juzgado llama a comparecer a una persona investigada o procesada en paradero desconocido.
  • Cédulas de notificación y citación a testigos, peritos o partes en un procedimiento.
  • Anuncios de subastas judiciales, aunque desde 2021 se gestionan principalmente a través del Portal de Subastas de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
  • Notificaciones de sentencias cuando el destinatario es ilocalizable.

Qué hacer si encuentras un edicto con tu nombre en la Sección IV

Si localizas un edicto o requisitoria que te menciona, revisa con atención el juzgado emisor, el número de procedimiento y el plazo indicado en el propio anuncio, que empieza a contar desde la fecha de publicación en el BOE y no desde que tienes conocimiento real del edicto. Para conocer el detalle completo del procedimiento, lo habitual es dirigirse al juzgado emisor con el número de autos que figura en el anuncio, ya que el texto publicado suele ser un resumen y no la resolución íntegra.

Diferencia entre el Tablón Edictal Único y la Sección IV del BOE

El Tablón Edictal Único centraliza las notificaciones edictales de cualquier Administración (estatal, autonómica o local). La Sección IV del BOE, en cambio, es específicamente el espacio del BOE reservado a los anuncios de juzgados y tribunales dentro del Poder Judicial. Muchos edictos judiciales se publican de forma simultánea en ambos canales.

Preguntas frecuentes

¿Qué se publica en la Sección IV del BOE?

Edictos, notificaciones, requisitorias y otros anuncios emitidos por juzgados y tribunales españoles, normalmente cuando no ha sido posible notificar una resolución judicial a una de las partes por los medios ordinarios.

¿Qué es una requisitoria judicial?

Es el llamamiento público que hace un juzgado a una persona investigada, procesada o penada cuyo paradero se desconoce, para que comparezca ante el tribunal. Se publica en el BOE cuando no ha sido posible localizarla por otros medios.

¿Desde cuándo cuenta el plazo de un edicto judicial publicado en el BOE?

Desde la fecha de publicación en el BOE, no desde el momento en que la persona afectada tiene conocimiento real del anuncio. Por eso conviene revisar periódicamente si existe algún edicto a tu nombre, especialmente si has cambiado de domicilio.

¿Es lo mismo la Sección IV del BOE que el Tablón Edictal Judicial Único?

No exactamente. El Tablón Edictal Judicial Único centraliza las publicaciones y comunicaciones judiciales de todos los órganos jurisdiccionales de España. La Sección IV es el espacio dentro del propio BOE donde también se publican muchos de esos edictos, aunque no siempre coinciden al cien por cien.