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Sección V-C del BOE: Anuncios Particulares

La Sección V-C del BOE, "Anuncios Particulares", recoge los anuncios que empresas y ciudadanos publican por iniciativa propia o por exigencia legal, fuera de cualquier procedimiento administrativo: convocatorias de juntas de accionistas, disoluciones y liquidaciones de sociedades, extravío de documentos o avisos de herencias yacentes. A diferencia del resto de secciones del BOE, aquí el anuncio no lo emite un organismo público, sino un particular o una empresa que solicita y paga su publicación. BOE Hoy resume también estos anuncios para que puedas seguir la sección completa desde un mismo sitio.

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Qué es la Sección V-C del BOE

La Sección V-C, "Anuncios Particulares", es la única del BOE donde el anunciante no es una Administración Pública, sino una persona física o una empresa privada que solicita la publicación de un aviso, bien por exigencia legal, bien de forma voluntaria para darle publicidad y efectos frente a terceros.

Qué tipos de anuncios se publican en la Sección V-C

  • Convocatorias de juntas generales de accionistas o socios, cuando los estatutos de la sociedad exigen publicarlas en el BOE además de en la web corporativa.
  • Disoluciones y liquidaciones de sociedades, incluida la designación de liquidadores.
  • Avisos de reducción de capital social, que dan a los acreedores un plazo para oponerse.
  • Anuncios de herencias yacentes, cuando se busca a posibles herederos desconocidos de un fallecido sin testamento localizado.
  • Extravío de documentos o resguardos que requieren publicidad para su cancelación (pólizas, resguardos de depósito).

Diferencia entre la Sección V-C y el BORME

Muchos actos societarios (constitución, nombramiento de administradores, disolución) se inscriben en el Registro Mercantil y se publican en el BORME (Boletín Oficial del Registro Mercantil), no en el BOE. La Sección V-C del BOE es distinta: recoge anuncios que la ley o los propios estatutos de la sociedad exigen publicar específicamente en el BOE, como ciertas convocatorias de junta o avisos a acreedores, de forma adicional o alternativa al BORME según el caso.

Cómo publicar un anuncio particular en el BOE

La solicitud se tramita a través de la sede electrónica del BOE (boe.es), indicando el texto del anuncio y abonando la tasa correspondiente, calculada según el número de líneas o el espacio ocupado. El anuncio se publica en la fecha solicitada, sujeta a la disponibilidad de la agencia estatal.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre la Sección V-C del BOE y el BORME?

El BORME (Boletín Oficial del Registro Mercantil) publica los actos societarios inscritos en el Registro Mercantil: constitución, nombramiento de administradores, disolución. La Sección V-C del BOE recoge anuncios particulares que la ley o los estatutos de la sociedad exigen publicar específicamente en el BOE, como ciertas convocatorias de junta o avisos a acreedores.

¿Cómo se publica un anuncio particular en el BOE?

A través de la sede electrónica de boe.es, presentando el texto del anuncio y abonando la tasa correspondiente, que se calcula en función del espacio o número de líneas que ocupe el anuncio publicado.

¿Qué es una herencia yacente y por qué se anuncia en el BOE?

Es la situación de un patrimonio hereditario cuando el fallecido no dejó testamento y no se conocen o localizan herederos. Se publica un anuncio en el BOE para intentar localizar a posibles herederos antes de que la herencia pase a la Administración por falta de reclamantes.

¿Es obligatorio publicar en el BOE la convocatoria de una junta de accionistas?

Depende de los estatutos de la sociedad: si establecen el BOE como medio de convocatoria (en lugar de, o además de, la web corporativa o el BORME), la publicación en la Sección V-C es obligatoria para que la junta sea válida.