BOE-A-2025-12309

Boletín Oficial del Estado

Acuerdo Multilateral M 364, en Virtud del Apartado 1.5.1 del Anexo a del Adr, en Relación con los Documentos Que Deben Llevarse en la Unidad de Transporte de Conformidad con 8.1.2.2.

Resumen

Resolución del Acuerdo Multilateral M 364 del 12 de junio de 2025

El BOE publica la entrada en vigor del Acuerdo Multilateral M 364, suscrito el 9 de junio de 2025, entre las Partes contratantes del ADR, que modifica los requisitos sobre documentación en transporte internacional de mercancías peligrosas. Específicamente, regula que el certificado de aprobación de remolques no debe estar en la cabina del conductor, sino en un lugar seguro del remolque, accesible y protegido de la intemperie.

El acuerdo afecta a empresas de transporte, operadores y conductores que realizan transporte internacional de mercancías peligrosas, simplificando la documentación a bordo y facilitando el cumplimiento de las normativas. La modificación busca mejorar la seguridad y eficiencia en la gestión documental durante el transporte.

El acuerdo será válido hasta el 31 de diciembre de 2026, salvo revocación anticipada por alguna de las partes signatarias. La entrada en vigor oficial en España fue el 9 de junio de 2025, y su publicación en el BOE se realizó el 18 de junio de 2025. La autoridad competente en España para su aplicación es la Directora General de Transporte por Carretera y Ferrocarril, Elena María Atance Herreros.