BOE-A-2025-14054
Boletín Oficial del Estado
Resolución de 18 de Junio de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el Recurso Interpuesto Contra la Nota de Calificación del Registrador de la Propiedad de Madrid N.º 4, por la Que Se Suspende la Calificación de Una Escritura de Manifestación, de Aceptación y Adjudicación de Herencias.
Fecha de publicación
martes, 8 de julio de 2025
Sección
III. Otras DisposicionesEpígrafe
RecursosResumen
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, que resuelve un recurso contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de Madrid nº 4, en relación con la suspensión de la inscripción de una escritura de manifestación, aceptación y adjudicación de herencias. La resolución confirma la suspensión del registro debido a la falta de acreditación del pago del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía Municipal), requisito previo para la inscripción según la Ley Hipotecaria y normativa fiscal aplicable en Madrid. La resolución aclara que la suspensión no implica una calificación negativa, sino una suspensión de la calificación vinculada a la falta de documentación que acredite el cumplimiento de obligaciones fiscales. Además, se rechaza el recurso presentado por los herederos, ya que la documentación aportada no acredita la presentación efectiva de la declaración o autoliquidación del impuesto ante la Administración Tributaria Municipal, requisito imprescindible para levantar el cierre registral. La norma establece que la presentación en Correos, sin identificación clara del documento y sin prueba de presentación ante la Administración, no es suficiente para justificar el cumplimiento del requisito fiscal. La resolución reafirma que la acreditación del pago o declaración del impuesto debe realizarse mediante documentos oficiales y fehacientes, y que la simple remisión postal no es válida para levantar el cierre registral. La decisión es definitiva, y contra ella cabe recurso ante los tribunales civiles en el plazo de dos meses. Entrada en vigor: 8 de julio de 2025.
Boletines relacionados
BOE-A-2025-14082
Resolución de 7 de Julio de 2025, del Banco de España, por la Que Se Publican los Cambios del Euro Correspondientes Al Día 7 de Julio de 2025, Publicados por el Banco Central Europeo, Que Tendrán la Consideración de Cambios Oficiales, de Acuerdo con Lo Dispuesto en el Artículo 36 de la Ley 46/1998, de 17 de Diciembre, sobre la Introducción del Euro.
BOE-A-2025-14049
Acuerdo de 24 de Junio de 2025, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el Que Se Publica el Acuerdo de 2 de Junio de 2025 de la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional, sobre Asignación de Ponencias y Composición del Tribunal de la Sección Cuarta de la Sala de Lo Penal de la Audiencia Nacional.
BOE-A-2025-14079
Resolución de 1 de Julio de 2025, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la Que Se Publica el Segundo Convenio con la Comunidad Autónoma de Aragón, para Establecer y Regular el Procedimiento Que Posibilite la Interoperabilidad del Sistema de Información de la Citada Comunidad Autónoma con el Sistema de Información del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia del Imserso.
BOE-A-2025-14080
Resolución de 1 de Julio de 2025, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la Que Se Publica el Segundo Convenio con la Generalitat Valenciana, para Establecer y Regular el Procedimiento Que Posibilite la Interoperabilidad del Sistema de Información de la Comunidad Valenciana con el Sistema de Información del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia del Imserso.
BOE-A-2025-14050
Resolución de 3 de Julio de 2025, de la Subsecretaría, por la Que Se Publica el Convenio Entre la Agencia Estatal de Administración Digital y la Agencia Estatal de Investigación, para la Prestación del Servicio Centralizado de Nómina Estándar de la Administración General del Estado y el Servicio de Visualización de Nóminas Servinómina.
BOE-A-2025-14051
