BOE-A-2025-16396
Boletín Oficial del Estado
Resolución de 17 de Julio de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el Recurso Interpuesto Contra la Nota de Calificación de la Registradora de la Propiedad de Madrid N.º 43, por la Que Se Suspende la Asignación de Un Número de Registro de Alquiler de Corta Duración Turístico por No Aportarse Licencia de Uso Turístico para el Municipio de Madrid.
Fecha de publicación
jueves, 7 de agosto de 2025
Sección
III. Otras DisposicionesEpígrafe
RecursosResumen
Resolución de 17 de julio de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública
Esta resolución regula la asignación del Número de Registro de Uso Administrativo (NRUA) para viviendas de uso turístico en Madrid, estableciendo que la inscripción requiere la presentación de una licencia municipal o declaración de innecesariedad urbanística, además de la documentación autonómica. La norma afecta a propietarios y gestores de viviendas turísticas, ya que la falta de licencia urbanística impide la inscripción del NRUA, incluso si se presenta declaración responsable durante el período exento (abril-mayo 2019). La resolución confirma que el NRUA es un dato accesorio y meramente informativo, sin efectos sustantivos sobre la propiedad, y que la función del registrador se limita a verificar la validez formal de los documentos administrativos, sin emitir juicios sobre la legalidad urbanística. Además, refuerza que la normativa autonómica de turismo prevalece sobre la urbanística municipal en materia de requisitos para viviendas turísticas, y que la declaración responsable presentada en el período exento es válida y suficiente para la inscripción. La resolución también denuncia la intromisión del Ayuntamiento de Madrid en funciones registrales, vulnerando principios de división competencial y seguridad jurídica. La entrada en vigor de esta resolución es inmediata, y contra ella cabe recurso judicial en el plazo de dos meses. La decisión refuerza la protección de la confianza legítima de los administrados y la coherencia del sistema registral frente a interpretaciones restrictivas o actuaciones fuera de competencia.
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