BOE-A-2025-18306

Boletín Oficial del Estado

Renovación de la Reserva Formulada por España Al Convenio Penal sobre la Corrupción, Número 173 del Consejo de Europa, Hecho en Estrasburgo el 27 de Enero de 1999.

Fecha de publicación

martes, 16 de septiembre de 2025

Resumen

Resolución de 9 de septiembre de 2025 del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

Este acuerdo oficial renueva la reserva formulada por España al Convenio penal sobre la corrupción del Consejo de Europa (número 173), hecho en Estrasburgo en 1999, por un período adicional de tres años, desde el 1 de agosto de 2025 hasta el 31 de julio de 2028.

La reserva permite a España no aplicar el artículo 17, párrafo 1 b), del Convenio, que exige la doble incriminación para perseguir delitos de corrupción cometidos por nacionales en el extranjero. Esta excepción no afecta la competencia de los tribunales españoles para juzgar delitos de corrupción entre particulares y en transacciones internacionales, conforme a la legislación nacional vigente.

El impacto práctico para abogados, fiscales, y empresas radica en que, durante la vigencia de la reserva, ciertos delitos de corrupción transnacional no serán perseguidos en España si no cumplen con la doble incriminación, aunque sí podrán ser objeto de persecución en otros ámbitos o bajo otras normativas nacionales.

La renovación se realiza en cumplimiento de los artículos 17 y 37 del Convenio, garantizando la continuidad de esta reserva internacional hasta 2028. La notificación formal se realizó el 2 de julio de 2025, y la resolución entrará en vigor desde esa fecha.

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