BOE-A-2025-24789

Boletín Oficial del Estado

Resolución de 4 de Septiembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el Recurso Interpuesto Contra la Calificación Negativa de la Registradora de la Propiedad de Zaragoza N.º 2 a la Solicitud de Asignación de Número de Registro de Alquiler de Corta Duración para Una Finca Registral.

Fecha de publicación

viernes, 5 de diciembre de 2025

Resumen

Resolución de 4 de septiembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública

Esta resolución confirma la denegación de la inscripción del número de registro de alquiler de corta duración para una finca en Zaragoza, debido a una prohibición estatutaria de alquiler vacacional aprobada por la comunidad de propietarios en noviembre de 2023. La registradora argumentó que, al presentar la solicitud, ya existía dicha prohibición inscrita, por lo que consideró el defecto como no subsanable.

El recurso presentado por la propietaria argumenta que la actividad turística fue iniciada y comunicada reglamentariamente en octubre de 2023, antes de la aprobación y registro de la prohibición comunitaria, por lo que no debería ser oponible retroactivamente. Además, aporta documentación que acredita la existencia de una declaración responsable y la inscripción en el Registro de Turismo de Aragón, que acredita el inicio de la actividad antes del acuerdo prohibitorio.

La resolución recuerda que las limitaciones o prohibiciones en la propiedad horizontal deben estar inscritas en el Registro para ser oponibles a terceros, y que las actividades iniciadas con anterioridad a dichas prohibiciones no deben verse afectadas. Sin embargo, en este caso, la documentación aportada posteriormente demuestra que la actividad comenzó antes de la junta que aprobó la prohibición, por lo que se ordena que la solicitud se vuelva a presentar con dicha documentación para una nueva calificación.

Vigencia: desde su publicación el 5 de diciembre de 2025.