BOE-A-2026-1473
Boletín Oficial del Estado
Orden Apa/20/2026, de 14 de Enero, por la Que Se Definen los Bienes y los Rendimientos Asegurables, las Condiciones Técnicas Mínimas de Cultivo, el Ámbito de Aplicación, los Periodos de Garantía, las Fechas de Suscripción y los Precios Unitarios del Seguro de Explotaciones de Planta Viva, Flor Cortada, Viveros y Semillas en la Península y en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, Comprendido en el Correspondiente Plan de Seguros Agrarios Combinados.
Fecha de publicación
miércoles, 21 de enero de 2026
Sección
III. Otras DisposicionesDepartamento
Ministerio de Agricultura, Pesca y AlimentaciónEpígrafe
Seguros Agrarios CombinadosResumen
Orden APA/20/2026, de 14 de enero (publicada en BOE el 21 de enero de 2026)
Esta orden regula la definición de bienes y rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, ámbitos de aplicación, períodos de garantía, fechas de suscripción y precios unitarios del seguro de explotaciones de planta viva, flor cortada, viveros y semillas en la Península y las Illes Balears, en el marco del Plan de Seguros Agrarios Combinados 2026-2027. Afecta a agricultores y explotaciones que cultivan estos bienes, estableciendo requisitos específicos para la suscripción, cobertura y valoración de riesgos como heladas, pedrisco, viento, riesgos excepcionales y adversidades climáticas, diferenciando por sectores y grupos asegurables.
Se establecen los bienes asegurables, incluyendo variedades de plantas ornamentales, flor cortada, viveros de vid, semilleros hortícolas y producción de semillas, con requisitos de inscripción en registros específicos y cumplimiento de normativas técnicas. Quedan excluidos cultivos en estado de abandono, parcelas de experimentación, autoconsumo y centros de jardinería.
Los períodos de garantía varían según cultivo y riesgo, con fechas de suscripción que oscilan desde febrero a octubre, y precios unitarios que los agricultores podrán fijar libremente dentro de límites establecidos, considerando gastos de recolección y transporte. La cobertura técnica y económica se complementa con requisitos de conservación de instalaciones y prácticas culturales. La entrada en vigor será el día siguiente a su publicación, garantizando un marco actualizado y coherente con la normativa nacional y europea en seguros agrarios.
Boletines relacionados
BOE-A-2026-1480
Resolución de 12 de Enero de 2026, del Banco de España, por la Que Se Publican las Sanciones Impuestas a United Europhil Ep, Sau, a Sus Administradores y a los Titulares de Participaciones Significativas.
BOE-A-2026-1481
Resolución de 20 de Enero de 2026, del Banco de España, por la Que Se Publican los Cambios del Euro Correspondientes Al Día 20 de Enero de 2026, Publicados por el Banco Central Europeo, Que Tendrán la Consideración de Cambios Oficiales, de Acuerdo con Lo Dispuesto en el Artículo 36 de la Ley 46/1998, de 17 de Diciembre, sobre la Introducción del Euro.
BOE-A-2026-1456
Resolución de 6 de Octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el Recurso Interpuesto Contra la Negativa del Registrador de la Propiedad de el Puerto de Santa María N.º 1 a Inscribir Un Decreto de Adjudicación Dictado en Procedimiento de Ejecución Hipotecaria.
BOE-A-2026-1457
Resolución de 6 de Octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el Recurso Interpuesto Contra la Negativa del Registrador Mercantil Xvii de Madrid a Inscribir la Escritura de Liquidación de Una Sociedad.
BOE-A-2026-1458
Resolución de 6 de Octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el Recurso Interpuesto Contra la Nota de Calificación del Registrador de la Propiedad de Puerto de la Cruz, por la Que Se Suspende la Inscripción del Dominio de Una Finca, por Adjudicación de Herencia por Falta de Título Hábil para Inscribir Una Cuarta Parte Indivisa, Inscrita a Nombre de Persona Distinta, por Incumplimiento del Principio Hipotecario del Tracto Sucesivo.
BOE-A-2026-1459
