BOE-A-2026-4162
Boletín Oficial del Estado
Resolución de 22 de Octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el Recurso Interpuesto Contra la Negativa de la Registradora de la Propiedad de Pontevedra N.º 1 a la Asignación de Número de Registro de Alquiler de Corta Duración.
Fecha de publicación
lunes, 23 de febrero de 2026
Sección
III. Otras DisposicionesEpígrafe
RecursosResumen
Resolución de 22 de octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública
Esta resolución revisa la negativa de la registradora de la Propiedad de Pontevedra nº 1 a asignar un número de registro de alquiler de corta duración en modalidad de uso turístico a una finca específica, y confirma la suspensión basada en defectos en la documentación y en la interpretación de los estatutos comunitarios.
Afecta a propietarios, gestores de alquileres turísticos, abogados y asesores fiscales, ya que clarifica los requisitos para la inscripción registral y la compatibilidad del uso turístico con los estatutos de la comunidad. La resolución establece que la solicitud puede presentarse electrónicamente sin necesidad de firma notarial o ratificación, en línea con el Real Decreto 1312/2024. Además, se precisa que los estatutos que prohíben expresamente actividades de hostelería no impiden el alquiler turístico, ya que este no constituye actividad de hostelería propiamente dicha, sino un arrendamiento de inmueble con finalidad turística.
Asimismo, se reafirma que las limitaciones o prohibiciones en los estatutos deben ser expresas, inscritas en el Registro de la Propiedad, y que la actividad de alquiler turístico no está prohibida por los estatutos si no se combina con servicios de hostelería. La resolución destaca la competencia del Registro de la Propiedad para la asignación del número de registro, en línea con la normativa sectorial y europea, y que la interpretación de los estatutos debe ser restrictiva y basada en su definición jurídica y normativa vigente.
La entrada en vigor es inmediata, y el recurso interpuesto puede ser recurrido ante los tribunales civiles en el plazo de dos meses.
Boletines relacionados
BOE-A-2026-4225
Acuerdo de 12 de Febrero de 2026, de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, por el Que Se Declara Lugar de Memoria la «iglesia de San Francisco de Asís de Vitoria. los Sucesos del 3 de Marzo de 1976».
BOE-A-2026-4151
Acuerdo de 10 de Febrero de 2026, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el Que Se Publican las Normas de Reparto de las Salas del Tribunal Superior de Justicia de la Rioja para 2026.
BOE-A-2026-4238
Resolución de 3 de Febrero de 2026, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la Que Se Emplaza a las Personas Interesadas en el Recurso Contencioso-administrativo 5/2026, Interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de Lo Contencioso-administrativo, Sección Tercera.
BOE-A-2026-4232
Resolución de 16 de Febrero de 2026, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la Que Se Publica el Convenio con la Asociación de Jóvenes Empresarios de Cádiz, para la Realización de Prácticas Formativas Externas del Alumnado del Centro de Recuperación de Personas con Discapacidad Física de San Fernando, Conducentes a Un Certificado de Profesionalidad.
BOE-A-2026-4237
Resolución de 12 de Enero de 2026, de la Dirección General de Industria y Polígonos Industriales, de la Consejería de Empresa, Autónomos y Energía, por la Que Se Revoca la Autorización del Laboratorio Gremio de Joyeros y Relojeros de Balears Como Laboratorio Autorizado para el Ensayo y Contraste de Objetos Fabricados con Metales Preciosos.
BOE-A-2026-4155
