BOE-A-2026-4190

Boletín Oficial del Estado

Resolución de 27 de Octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el Recurso Interpuesto Contra la Nota de Calificación del Registrador de la Propiedad de Estepona N.º 2, por la Que Se Suspende la Asignación de Un Número de Registro de Alquiler de Corta Duración Turístico por Constar en los Estatutos Inscritos de la Propiedad Horizontal la Prohibición Expresa de Ejercer en las Viviendas «cualquier Clase de Negocio».

Fecha de publicación

lunes, 23 de febrero de 2026

Resumen

Resolución de 27 de octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública

Esta resolución confirma la suspensión de la asignación de un número de registro de alquiler de corta duración turístico en Estepona, debido a que los estatutos inscritos de la comunidad prohíben expresamente ejercer en las viviendas «cualquier clase de negocio». La resolución afecta a propietarios que solicitan registrar viviendas para alquiler turístico, ya que la prohibición estatutaria impide la actividad turística y, por tanto, la obtención del registro, salvo modificación previa de los estatutos. La decisión se fundamenta en la competencia del Registro de la Propiedad para calificar la legalidad del uso de las viviendas, en línea con la normativa estatal y europea que regula el control y la identificación de alojamientos turísticos de corta duración. La resolución también destaca que la prohibición estatutaria de actividades comerciales en fincas de propiedad horizontal impide la utilización de dichas viviendas como alojamientos turísticos, ya que la actividad de alquiler turístico se considera actividad económica incompatible con la limitación estatutaria. La entrada en vigor de la resolución es inmediata, y contra ella cabe recurso ante los tribunales civiles en un plazo de dos meses. La resolución refuerza la necesidad de modificar estatutariamente las comunidades de propietarios para permitir el uso turístico de las viviendas, en línea con la normativa vigente y la jurisprudencia sobre la materia.

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