BOE-A-2026-4470

Boletín Oficial del Estado

Resolución de 7 de Noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el Recurso Interpuesto Contra la Negativa del Registrador de la Propiedad de Barcelona N.º 1, por la Que Se Suspende la Asignación de Un Número de Registro de Alquiler de Corta Duración para Una Finca en Su Modalidad de Arrendamiento Turístico y No Turístico.

Fecha de publicación

jueves, 26 de febrero de 2026

Resumen

Resolución de 7 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública

Esta resolución revisa un recurso contra la negativa del registrador de la Propiedad de Barcelona n.º 1 a inscribir la asignación de un número de registro de alquiler de corta duración para una finca en modalidad turística y no turística. La resolución afecta principalmente a propietarios, gestores y asesores en materia de alquileres turísticos, ya que confirma que la inscripción de prohibiciones estatutarias o en el Registro de la Propiedad que limitan actividades de alquiler turístico no impiden la obtención del número de registro, siempre que dichas prohibiciones hayan sido inscritas posteriormente a la adquisición del inmueble.

El caso concreto involucra una vivienda adquirida en 2017, con licencia turística y registrada en el Registro de Turismo de Cataluña, que fue objeto de una prohibición inscrita en el Registro en 2017, limitando su uso turístico. La resolución establece que, según la jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, las prohibiciones inscritas a posteriori no afectan derechos adquiridos previamente, por lo que la negativa del registrador es incorrecta y debe corregirse, permitiendo la inscripción solicitada.

Además, se reafirma que la competencia para resolver estos recursos corresponde al Estado, en virtud del Real Decreto 1312/2024, que regula el procedimiento de Registro Único de Arrendamientos, y que las limitaciones estatutarias o registrales deben ser oponibles y respetar la seguridad jurídica. La resolución concluye que la comunidad puede modificar estatutos para excluir actividades turísticas, y que la calificación negativa basada en prohibiciones estatutarias inscritas posteriormente es insubsanable, pero susceptible de rectificación en el registro.

Entrada en vigor: La resolución es de aplicación inmediata y puede ser recurrida ante los tribunales civiles en plazo de dos meses.

Boletines relacionados

BOE-A-2026-4505

Resolución de 25 de Febrero de 2026, del Banco de España, por la Que Se Publican los Cambios del Euro Correspondientes Al Día 25 de Febrero de 2026, Publicados por el Banco Central Europeo, Que Tendrán la Consideración de Cambios Oficiales, de Acuerdo con Lo Dispuesto en el Artículo 36 de la Ley 46/1998, de 17 de Diciembre, sobre la Introducción del Euro.

26/2/2026Ver

BOE-A-2026-4506

Resolución de 11 de Febrero de 2026, de la Universidad de Jaén, por la Que Se Corrigen Errores en la de 28 de Noviembre de 2025, por la Que Se Publica la Modificación del Plan de Estudios de Graduado o Graduada en Gestión y Administración Pública.

26/2/2026Ver

BOE-A-2026-4507

Resolución de 13 de Febrero de 2026, de la Universidad de Santiago de Compostela, por la Que Se Publica la Modificación del Plan de Estudios de Graduado o Graduada en Administración y Dirección de Empresas.

26/2/2026Ver

BOE-A-2026-4508

Resolución de 13 de Febrero de 2026, de la Universidad de Santiago de Compostela, por la Que Se Publica la Modificación del Plan de Estudios de Graduado o Graduada en Economía.

26/2/2026Ver

BOE-A-2026-4509

Resolución de 13 de Febrero de 2026, de la Universidad de Santiago de Compostela, por la Que Se Publica la Modificación del Plan de Estudios de Graduado o Graduada en Matemáticas.

26/2/2026Ver

BOE-A-2026-4510

Resolución de 13 de Febrero de 2026, de la Universidad de Santiago de Compostela, por la Que Se Publica la Modificación del Plan de Estudios de Graduado o Graduada en Medicina.

26/2/2026Ver