BOE-A-2026-4755
Boletín Oficial del Estado
Resolución de 14 de Noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el Recurso Interpuesto Contra la Nota de Calificación del Registrador de la Propiedad de Marbella N.º 1, por la Que Se Suspende la Asignación de Un Número de Registro Único de Alquiler de Corta Duración Turístico por Constar Una Prohibición en los Estatutos de la Propiedad Horizontal y Ser Aplicable Al Caso las Previsiones Que Derivan de la Reforma de la Ley sobre Propiedad Horizontal en Vigor Desde el Día 3 de Abril de 2025.
Fecha de publicación
sábado, 28 de febrero de 2026
Sección
III. Otras DisposicionesEpígrafe
RecursosResumen
Resolución de 14 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública
Esta resolución inadmite el recurso presentado por don F. J. P. V. contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de Marbella nº 1, que suspendió la asignación de un número de registro para alquileres turísticos de corta duración. La causa de la suspensión es la existencia de una prohibición en los estatutos de la comunidad de propietarios, en aplicación de la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal vigente desde el 3 de abril de 2025, que requiere aprobación expresa de la comunidad para este tipo de alquileres.
El impacto práctico afecta a propietarios y gestores de alquileres turísticos en comunidades con restricciones estatutarias, confirmando que la normativa y las reformas legales limitan la posibilidad de registrar y gestionar alquileres de corta duración sin la aprobación comunitaria. Jurídicamente, refuerza la interpretación de la necesidad de cumplir con las previsiones estatutarias y legales antes de proceder a la inscripción registral.
La resolución especifica que el supuesto es idéntico a otros casos previamente analizados y desestimados por el mismo órgano, remitiendo a los fundamentos de dichas resoluciones. Contra esta decisión, los interesados pueden interponer recurso de amparo ante el Juzgado de lo Civil en el plazo de dos meses desde la notificación, conforme a la Ley Hipotecaria.
Vigencia: desde su publicación el 28 de febrero de 2026.
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