BOE-A-2026-5488
Boletín Oficial del Estado
Resolución de 27 de Noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el Recurso Interpuesto Contra la Nota de Calificación de la Registradora de la Propiedad de Inca N.º 1 a Inscribir Una Escritura de Compraventa por Haber Iniciado de Oficio el Expediente para la Subsanación de la Doble Inmatriculación.
Fecha de publicación
lunes, 9 de marzo de 2026
Sección
III. Otras DisposicionesEpígrafe
RecursosResumen
Resolución de 27 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública
Esta resolución revoca la calificación negativa del registrador de la Propiedad de Inca nº 1, que había denegado la inscripción de una compraventa formalizada el 3 de junio de 2025, debido a un expediente de doble inmatriculación iniciado de oficio por el registrador. La resolución aclara que el inicio del procedimiento de doble inmatriculación no impide la inscripción de una transmisión ya formalizada mediante escritura pública, incluso si el expediente se ha iniciado previamente.
Afecta a titulares registrales y compradores, estableciendo que la presentación de un título tras la notificación del procedimiento no debe impedir la inscripción del cambio de titularidad si la transmisión se realiza antes de la resolución del expediente. La resolución refuerza que la transmisión se perfecciona con la firma de la escritura pública, no con el asiento registral, y que el procedimiento de doble inmatriculación no produce efectos de cierre registral en documentos presentados anteriormente.
Se recuerda que, tras la reforma de la Ley Hipotecaria en 2015, el procedimiento de doble inmatriculación se inicia de oficio o a instancia del titular, y que la nota marginal de doble inmatriculación no impide la inscripción de transmisiones anteriores. La resolución establece que el interesado puede solicitar la inscripción en cualquier momento, incluso durante la tramitación del expediente, y que la práctica registral debe ajustarse a la normativa vigente, garantizando la protección del derecho del adquirente. Entrada en vigor: 9 de marzo de 2026.
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