BOE-A-2026-5497
Boletín Oficial del Estado
Resolución de 28 de Noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el Recurso Interpuesto Contra la Nota de Calificación del Registrador de la Propiedad Accidental de Jaca, por la Que Se Suspende la Asignación de Un Número de Registro de Alquiler de Corta Duración Turístico, por No Acreditarse el Cumplimiento de los Requisitos Urbanísticos Exigidos por el Plan General de Ordenación Urbana de Jaca para las Viviendas de Uso Turístico.
Fecha de publicación
lunes, 9 de marzo de 2026
Sección
III. Otras DisposicionesEpígrafe
RecursosResumen
Resolución de 28 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, publicada en el BOE el 9 de marzo de 2026, que ratifica la denegación del registro de alquiler de corta duración en Jaca por incumplimiento de requisitos urbanísticos. La resolución afecta a propietarios y gestores de viviendas turísticas en Jaca, ya que confirma que no basta con acreditar la inscripción en el Registro de Turismo de Aragón, sino que es necesario acreditar el cumplimiento de la normativa urbanística local, específicamente la comunicación previa al Ayuntamiento y la existencia de acceso independiente o autorización expresa de la comunidad de propietarios, conforme al Plan General de Ordenación Urbana (PGOU). La resolución rechaza la validez del requisito del artículo 40.5.1 del PGOU, que exige autorización de la comunidad de propietarios, por considerarlo una imposición arbitraria e incompatible con la legislación autonómica, europea y principios constitucionales de proporcionalidad y libre ejercicio de derechos. Además, se declara la nulidad del requisito por contener una condición imposible, ya que el Ayuntamiento no tiene competencia para exigir permisos urbanísticos sobre viviendas de uso turístico, competencia que corresponde al Gobierno de Aragón. La resolución entra en vigor de inmediato y puede ser recurrida ante los tribunales civiles en el plazo de dos meses. La decisión refuerza la interpretación que prioriza la normativa sectorial y autonómica frente a regulaciones urbanísticas restrictivas y no motivadas.
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