BOE-A-2026-9788
Boletín Oficial del Estado
Resolución de 20 de Abril de 2026, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la Que Se Formula Informe de Impacto Ambiental del Proyecto «actuaciones Complementarias para el Desarrollo del Proyecto de Construcción de la Vía Izquierda, Obra Civil, Vía y Electrificación y Acondicionamiento del Túnel de Padornelo. Corredor Norte-noroeste de Alta Velocidad. Línea de Alta Velocidad Madrid-galicia. Tramo: Pedralba-vilavella».
Fecha de publicación
martes, 5 de mayo de 2026
Sección
III. Otras DisposicionesEpígrafe
Impacto AmbientalResumen
Resolución de 20 de abril de 2026, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental
Esta resolución aprueba la evaluación de impacto ambiental del proyecto de «Actuaciones complementarias para el desarrollo del proyecto de construcción de la vía izquierda, obra civil, vía y electrificación y acondicionamiento del túnel de Padornelo» en el corredor norte-noroeste de alta velocidad Madrid-Galicia (tramo Pedralba-Vilavella). La evaluación concluye que las actuaciones no generan efectos adversos significativos sobre el medio ambiente, siempre que se cumplan las medidas y condiciones establecidas en el informe ambiental.
El proyecto afecta principalmente a la provincia de Zamora, en los términos municipales de Lubián y Requejo, incluyendo obras en espacios protegidos de la Red Natura 2000, zonas de interés comunitario y hábitats prioritarios, con potencial impacto en flora, fauna, espacios naturales, patrimonio cultural y paisaje. Se han establecido medidas de protección, restauración y control para minimizar afecciones, como pasos de fauna, revegetación, control de vertidos y protección de especies protegidas, incluyendo flora singular y especies de fauna en riesgo.
El impacto sobre recursos hídricos, vegetación, biodiversidad y patrimonio cultural se considera moderado o mínimo, con especial atención a la protección de especies y hábitats sensibles. La evaluación también contempla riesgos de incendios, inundaciones y accidentes, proponiendo medidas preventivas.
La resolución, que entra en vigor, determina que el proyecto no requiere evaluación ambiental ordinaria, dado que no se prevén efectos adversos significativos, siempre que se respeten las medidas ambientales. Se publica en el BOE y en la web del Ministerio para la Transición Ecológica.
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