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Calendario fiscal octubre-diciembre 2026: modelos 130, 303 y 202

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Termina septiembre y el trimestre se cierra: el 20 de octubre concentra más obligaciones que ninguna otra fecha del año

Si eres autónomo o llevas la fiscalidad de una pyme, sabes que en octubre toca declarar el IVA y el IRPF del tercer trimestre. Lo que puede pillarte por sorpresa es que, si tu empresa tributa por el Impuesto sobre Sociedades, el mismo día 20 de octubre vence también el segundo pago fraccionado de Sociedades, un modelo distinto con una lógica de cálculo distinta. Confundir ambas obligaciones —o simplemente olvidar que existe la segunda— es el error más habitual de este trimestre.

Este calendario recoge las fechas oficiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) para octubre, noviembre y diciembre de 2026, con los modelos que corresponden a cada una y explicando por qué algunas fechas no coinciden con el día "de siempre".

Por qué octubre es distinto: aquí sí presentas, seas quien seas

A diferencia de agosto y septiembre, en octubre todo el mundo con actividad económica tiene algo que revisar. El tercer trimestre (julio-septiembre) cierra con el vencimiento del 20 de octubre de 2026, y ese día concentra hasta seis grupos de modelos distintos, según tu situación:

  • Si declaras el IVA trimestralmente: modelo 303.
  • Si eres autónomo en estimación directa o en módulos: modelo 130 o 131 (pago fraccionado de IRPF).
  • Si tu empresa tributa por el Impuesto sobre Sociedades: modelo 202 (o 222 si tributas en régimen de consolidación fiscal), que es el segundo pago fraccionado del ejercicio en curso y no tiene relación directa con el IVA ni con el IRPF.
  • Si realizas operaciones intracomunitarias: modelo 349, en su periodicidad trimestral o mensual según tu volumen.
  • Si tienes obligaciones mensuales (grandes empresas, REDEME): retenciones e IVA de septiembre.

Es la fecha con más modelos distintos coincidiendo del trimestre completo, y por eso conviene revisarla con calma en lugar de dejarla para el último día.

Calendario de octubre de 2026

Hasta el 13 de octubre — Intrastat de septiembre

El plazo ordinario de la declaración Intrastat es el día 12 de cada mes, pero el 12 de octubre de 2026 cae en lunes y es la Fiesta Nacional de España, festivo nacional no sustituible que se observa en todo el territorio. Al ser inhábil, el plazo se traslada al siguiente día hábil, el 13 de octubre. Corresponde a las operaciones de comercio intracomunitario de bienes de septiembre de 2026 de quienes superen los umbrales de exención fijados por la AEAT.

Hasta el 20 de octubre — el gran vencimiento del trimestre

Es la fecha central de este calendario. No hay traslado: el 20 de octubre de 2026 cae en martes.

  • IVA trimestral: modelo 303, autoliquidación del tercer trimestre (julio-septiembre).
  • Pago fraccionado de IRPF: modelo 130 (estimación directa) o modelo 131 (estimación objetiva/módulos), tercer trimestre.
  • Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades: modelo 202 en régimen general, modelo 222 en régimen de consolidación fiscal. Es el segundo pago a cuenta del ejercicio en curso (el primero venció en abril; el tercero vence en diciembre).
  • Operaciones intracomunitarias: modelo 349, en su modalidad trimestral para quien declara por trimestres, o de septiembre para quien lo hace mensualmente.
  • Retenciones e ingresos a cuenta: modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216 y 230, de septiembre para grandes empresas y del tercer trimestre para el resto de obligados, incluido el modelo 136 y el 210 (no residentes).
  • IVA no periódico: modelo 308 (régimen simplificado de transporte de viajeros y mercancías), modelo 309 (declaración-liquidación no periódica) y modelo 380 (operaciones asimiladas a las importaciones), tercer trimestre; modelo 341, reintegro de compensaciones a agricultura, ganadería y pesca.
  • Otros impuestos: modelo 430 (Impuesto sobre las Primas de Seguros, septiembre), modelo 560 (Impuesto Especial sobre la Electricidad, septiembre/tercer trimestre) y modelo 604 (Impuesto sobre las Transacciones Financieras, septiembre).

Hasta el 30 de octubre — IVA mensual de septiembre

Para quienes declaran el IVA mensualmente (grandes empresas, REDEME y grupos de entidades): modelos 303, 322 (grupo de entidades, modelo individual), 353 (grupo de entidades, modelo agregado) y 380, correspondientes a septiembre de 2026. También vence el modelo 593, autoliquidación del impuesto sobre depósitos en vertederos, incineración y coincineración de residuos del tercer trimestre.

Hasta el 31 de octubre — ventanilla única del IVA

Modelo 369: régimen de importación (Ventanilla Única de Importación) referido a septiembre, y regímenes exterior y de la Unión referidos al tercer trimestre, para quienes venden a distancia o prestan servicios digitales a consumidores de otros países de la Unión Europea.

Calendario de noviembre de 2026

Noviembre repite el patrón de un mes con obligaciones mayoritariamente mensuales, con dos particularidades: el 1 de noviembre es festivo (Todos los Santos) y cae en domingo, y hay una fecha adicional a principios de mes por el cierre del trimestre natural anterior.

Hasta el 2 de noviembre — informativas trimestrales de septiembre

El 1 de noviembre de 2026 es domingo y, además, festivo nacional (Todos los Santos), por lo que el plazo se traslada al lunes 2 de noviembre. Vencen el modelo 195 (cuentas y operaciones cuyos titulares no facilitaron el NIF a las entidades de crédito, tercer trimestre), el modelo 490 (Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales, tercer trimestre), el modelo 379 (pagos transfronterizos, tercer trimestre), el modelo 281 (operaciones en la Zona Especial Canaria, tercer trimestre) y la presentación de la contabilidad del impuesto sobre envases de plástico no reutilizables.

Hasta el 5 de noviembre — segundo plazo de la Renta 2025

Modelo 102: ingreso del segundo plazo de la declaración anual del IRPF de 2025 para quienes optaron por fraccionar el pago en dos partes durante la campaña de Renta.

Hasta el 12 de noviembre — Intrastat de octubre

Sin traslado: el 12 de noviembre de 2026 es jueves. Declaración de las operaciones intracomunitarias de octubre de 2026.

Hasta el 20 de noviembre — retenciones, especiales y 349 mensual

  • Retenciones e ingresos a cuenta de octubre (grandes empresas): modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216 y 230.
  • Operaciones intracomunitarias: modelo 349 de octubre (declarantes mensuales).
  • IVA: modelo 308, devolución del régimen simplificado de transporte.
  • Impuestos Especiales de Fabricación: modelos 561, 562 y 563 (agosto para grandes empresas, tercer trimestre para el resto) y modelos 548, 566, 573, 581, A24 y 510 (octubre).
  • Impuesto Especial sobre la Electricidad: modelo 560 (octubre, grandes empresas).
  • Impuestos medioambientales: modelo 592 (envases de plástico no reutilizables, octubre) y modelo 583, tercer pago fraccionado del impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica del año 2026.
  • Impuesto sobre las Primas de Seguros: modelo 430 (octubre).
  • Impuesto sobre Transacciones Financieras: modelo 604 (octubre).

Hasta el 30 de noviembre — IVA mensual de octubre y solicitud de REDEME

IVA mensual: modelos 303, 322, 353, 369 y 380 de octubre. Declaraciones informativas: modelo 170 (tarjetas y pagos móviles) y modelo 196 (cuentas financieras), ambas de octubre; modelo 232, operaciones vinculadas y con paraísos fiscales del año 2025; y modelo 583 anual (año 2025) para el impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica.

Noviembre es también el mes en el que se solicita la inscripción voluntaria en el Registro de Devolución Mensual del IVA (REDEME) mediante el modelo 036 (casilla 129), para que la devolución mensual del IVA sea efectiva desde enero del año siguiente.

Calendario de diciembre de 2026

Hasta el 14 de diciembre — Intrastat de noviembre

El 12 de diciembre de 2026 cae en sábado, por lo que el plazo se traslada al siguiente día hábil, el lunes 14 de diciembre. Corresponde a las operaciones intracomunitarias de noviembre de 2026.

Hasta el 21 de diciembre — el tercer pago fraccionado de Sociedades y el último gran vencimiento del año

El plazo ordinario del 20 de diciembre cae en domingo en 2026, así que se traslada al lunes 21 de diciembre. Es la última fecha periódica relevante del año e incluye:

  • Impuesto sobre Sociedades: modelo 202 (régimen general) y modelo 222 (consolidación fiscal), tercer y último pago fraccionado del ejercicio, calculado sobre los once primeros meses del año.
  • Retenciones e ingresos a cuenta de noviembre (grandes empresas): modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216 y 230.
  • Operaciones intracomunitarias: modelo 349 de noviembre.
  • IVA: modelo 308.
  • Impuestos Especiales de Fabricación: modelos 561, 562, 563, 548, 566, 573, 581, A24 y 510.
  • Impuesto Especial sobre la Electricidad: modelo 560.
  • Impuestos medioambientales: modelos 592, 591 y 584.
  • Impuesto sobre las Primas de Seguros: modelo 430.
  • Impuesto sobre Transacciones Financieras: modelo 604.

Hasta el 30 de diciembre — IVA mensual de noviembre

Sin traslado: el 30 de diciembre de 2026 es miércoles. Modelos 303, 322, 353 y 380 de noviembre para declarantes mensuales.

Hasta el 31 de diciembre — cierre del ejercicio: renuncias y opciones para 2027

Último día del año natural, sin traslado. Además del modelo 369 (ventanilla única, régimen de importación de noviembre) y de las informativas 170 y 196 de noviembre, el 31 de diciembre es el plazo para presentar el modelo 036 con las renuncias o revocaciones a estimación directa simplificada y estimación objetiva (módulos) aplicables desde 2027, así como otras opciones y renuncias de IVA (régimen simplificado, régimen especial de agricultura, bienes usados, ventas a distancia) que solo pueden ejercitarse en esta fecha del año.

Quién tiene obligaciones mensuales frente a trimestrales

Como en el calendario de agosto y septiembre, conviene comprobar si encajas en alguno de estos perfiles antes de asumir que solo te afecta el 20 de octubre:

Régimen trimestral (la mayoría de autónomos y pymes). Presentas IVA e IRPF por trimestre: tu única cita con estos dos impuestos en este periodo es el 20 de octubre. Si tributas por Sociedades, se te suma el modelo 202 (o 222) en octubre y en diciembre, con independencia de que tu IVA sea trimestral.

Grandes empresas. Quienes facturaron más de 6.010.121,04 € en el año natural anterior declaran IVA y retenciones mensualmente, no trimestralmente, lo que les añade una cita más cada mes de este calendario (días 20 y 30 aproximadamente, salvo traslados).

Inscritos en REDEME. La devolución mensual del IVA obliga a presentar doce autoliquidaciones al año en lugar de cuatro. La solicitud para que sea efectiva en 2027 se presenta en noviembre de 2026 mediante el modelo 036.

Operadores con Intrastat. Quienes superaron el umbral de 400.000 € en intercambios de bienes con otros países de la Unión Europea presentan la declaración cada mes, con vencimiento ordinario el día 12, trasladado al siguiente día hábil cuando cae en sábado, domingo o festivo — el motivo de las fechas 13 de octubre y 14 de diciembre de este calendario.

El modelo 202, explicado: por qué no es "otro IVA más"

El modelo 202 genera confusión porque coincide en fecha con el IVA trimestral, pero responde a una lógica distinta: es un pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio en curso, no una liquidación de un periodo cerrado. Las sociedades sujetas al Impuesto sobre Sociedades (salvo excepciones concretas, como determinadas entidades sin actividad o exentas) deben presentarlo tres veces al año:

  • Primer pago: del 1 al 20 de abril, sobre los tres primeros meses del ejercicio.
  • Segundo pago: del 1 al 20 de octubre, sobre los nueve primeros meses.
  • Tercer pago: del 1 al 20 de diciembre, sobre los once primeros meses.

Cuando el plazo se domicilia en cuenta bancaria, la ventana de presentación electrónica se acorta hasta el día 15 de cada uno de esos meses (en 2026, hasta el 15 de octubre y hasta el 15 de diciembre, salvo que también hubiera traslado por festivo). El importe se calcula, según el método elegido por la empresa, sobre la cuota del último ejercicio liquidado o sobre la base imponible acumulada del propio ejercicio en curso, y se regulariza al presentar la declaración anual del Impuesto sobre Sociedades (modelo 200) el año siguiente.

Qué pasa si no presentas o no pagas a tiempo

Una autoliquidación no presentada, o presentada sin el ingreso correspondiente, entra en período ejecutivo al día siguiente del vencimiento del plazo, con los recargos que fija el artículo 28 de la Ley General Tributaria: un recargo que crece según el tiempo transcurrido hasta la regularización y, si la Administración llega a notificar una providencia de apremio, un recargo mayor con posibilidad de embargo. Esto aplica igual al modelo 202 que al 303 o al 130: no hay un trato distinto por tratarse de un pago a cuenta.

Dónde consultar el calendario oficial

El calendario completo del año, con todas las fechas y modelos, está disponible en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, organizado mes a mes y también en un calendario anual descargable. Es la fuente que prevalece sobre cualquier resumen de terceros, incluido este: los calendarios de gestorías, asesorías o medios especializados son útiles como recordatorio, pero conviene contrastarlos con la sede electrónica antes de dar una fecha por definitiva, especialmente en trimestres con varios traslados por festivo como este.

Para entender el marco normativo completo del año fiscal, la guía de cambios fiscales 2026 repasa las novedades de IRPF, IVA y Sociedades aprobadas hasta ahora. Si vienes del trimestre anterior, el calendario fiscal de agosto y septiembre recoge las obligaciones mensuales de ese periodo, y la guía de legislación fiscal en el BOE explica cómo seguir toda la normativa tributaria que se publica a lo largo del año en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Si quieres seguir de cerca la normativa fiscal que afecta a tu actividad —órdenes que fijan modelos, plazos o coeficientes— puedes consultar y buscar disposiciones tributarias publicadas en el BOE.

Los resúmenes son orientativos. Para efectos legales, consulta siempre el calendario y el texto íntegro en boe.es y en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Preguntas frecuentes

¿Qué modelos vencen el 20 de octubre de 2026?

El 20 de octubre de 2026 concentra el modelo 303 (IVA del tercer trimestre), el modelo 130 o 131 (pago fraccionado de IRPF del tercer trimestre), el modelo 202 o 222 (segundo pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio en curso), el modelo 349 (operaciones intracomunitarias) y, para quienes declaran mensualmente, las retenciones de septiembre. Es la fecha con más modelos distintos coincidiendo de todo el trimestre.

¿Por qué el plazo de Intrastat se traslada del 12 al 13 de octubre?

Porque el 12 de octubre de 2026 cae en lunes y es la Fiesta Nacional de España, festivo nacional no sustituible en todo el territorio. Cuando el vencimiento ordinario cae en día inhábil, el plazo se traslada automáticamente al siguiente día hábil, que en este caso es el 13 de octubre.

¿El modelo 202 es lo mismo que el IVA trimestral?

No. El modelo 202 es un pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio en curso, distinto del IVA (modelo 303) y del IRPF (modelo 130/131). Coincide en fecha con ambos el 20 de octubre porque es el segundo de los tres pagos fraccionados del año (abril, octubre y diciembre), pero responde a una base de cálculo y una normativa distintas.

¿Por qué el vencimiento de diciembre es el 21 y no el 20?

Porque el 20 de diciembre de 2026 cae en domingo. El plazo se traslada al siguiente día hábil, el lunes 21 de diciembre, fecha en la que vence el tercer y último pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades del año (modelo 202/222), junto con las retenciones de noviembre y el modelo 349 mensual.

¿Qué pasa si no ingreso una autoliquidación en plazo?

La deuda entra en período ejecutivo al día siguiente del vencimiento, con los recargos del artículo 28 de la Ley General Tributaria, que crecen según cuándo se regularice la situación. Si la Administración notifica una providencia de apremio, el recargo aumenta y puede derivar en el embargo de bienes si no se atiende.

¿Dónde consulto el calendario fiscal oficial completo de 2026?

En la sede electrónica de la Agencia Tributaria, dentro de su calendario del contribuyente anual, que detalla mes a mes todas las fechas y modelos aplicables, incluidos los traslados por festivo o fin de semana. Es la fuente que debe prevalecer sobre cualquier resumen de terceros, incluido este.