BOE-A-2025-22776
Boletín Oficial del Estado
Sala Segunda. Sentencia 153/2025, de 6 de Octubre de 2025. Recurso de Amparo 7991-2021. Promovido por Don Juan Antonio Muñoz Álvarez en Relación con las Sentencias Dictadas por la Sala de Lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, y Un Juzgado del Mismo Orden Jurisdiccional de Sevilla, en Proceso sobre Acreditación de la Carrera Profesional en el Servicio Andaluz de Salud. Alegada Vulneración de los Derechos a la Igualdad y a la Actividad Sindical: Inadmisión del Recurso de Amparo Promovido sin Agotar la Vía Judicial Previa.
Fecha de publicación
lunes, 10 de noviembre de 2025
Departamento
Tribunal ConstitucionalEpígrafe
SentenciasResumen
Sentencia del Tribunal Constitucional 153/2025, de 6 de octubre de 2025
Esta resolución analiza un recurso de amparo presentado por Juan Antonio Muñoz Álvarez contra decisiones administrativas y judiciales que le impidieron acceder a la carrera profesional en el Servicio Andaluz de Salud debido a su condición de liberado sindical a tiempo completo. La sentencia determina que las resoluciones impugnadas vulneraron su derecho a la libertad sindical, al no prever un modelo de acreditación de competencias profesionales específico para personal sindicalizado que no realiza labores asistenciales, lo que constituye una discriminación y vulnera la garantía de indemnidad laboral y económica.
El Tribunal concluye que las resoluciones administrativas y judiciales, que confirmaron la exclusión del recurrente, carecían de motivación reforzada suficiente para justificar la limitación de su derecho fundamental, en particular la ausencia de un sistema que contemple la actividad sindical a tiempo completo. Además, se señala que el sistema de carrera profesional en Andalucía, basado en la acreditación de competencias asistenciales, no puede aplicarse de manera automática a quienes ejercen funciones sindicales sin regulación específica.
El Tribunal inadmite el recurso por falta de agotamiento previo de la vía judicial, ya que el recurrente no interpuso recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, pese a que era el cauce adecuado para resolver la cuestión. La sentencia se publica en el BOE y refuerza la necesidad de desarrollar normativas específicas que protejan la actividad sindical en el ámbito de la carrera profesional.
Fecha de entrada en vigor: 10 de noviembre de 2025.
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