BOE-A-2026-5798
Boletín Oficial del Estado
Resolución de 1 de Diciembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el Recurso Interpuesto Contra la Calificación Negativa de la Registradora de la Propiedad Interina de Chiclana de la Frontera N.º 2 a la Asignación de Un Numero de Registro de Alquiler de Corta Duración.
Fecha de publicación
jueves, 12 de marzo de 2026
Sección
III. Otras DisposicionesEpígrafe
RecursosResumen
Resolución de 1 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública
Esta resolución revoca la calificación negativa del Registro de la Propiedad de Chiclana de la Frontera nº 2, que denegaba la asignación de un número de registro de alquiler de corta duración para una finca inscrita como vivienda con fines turísticos en Andalucía. La solicitud fue presentada en julio de 2025 por doña M. M. S. I., quien alegaba que la finca, a pesar de estar sometida a estatutos que prohíben expresamente los arrendamientos turísticos, había obtenido previamente licencia autonómica y no existía prohibición efectiva en la comunidad de propietarios.
La resolución reconoce que las modificaciones estatutarias adoptadas en agosto de 2024, que limitan futuros alquileres turísticos, no tienen efecto retroactivo y que, en su momento, la comunidad permitió el uso turístico de la finca. Además, destaca que la competencia para la asignación del número de registro de alquiler de corta duración recae en los registros de la Propiedad, conforme al Real Decreto 1312/2024, que regula el procedimiento y garantiza el control urbanístico, administrativo y civil.
Se concluye que la existencia de una licencia previa, el cumplimiento de la normativa vigente y la interpretación conjunta de los estatutos y la legislación sectorial justifican la asignación del número de registro, siempre que el uso turístico sea compatible con los estatutos comunitarios. La resolución deja sin efecto la calificación negativa y ordena la inscripción del registro. La resolución puede ser recurrida ante los tribunales en plazo de dos meses. En vigor desde su publicación, 12 de marzo de 2026.
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