BOE-A-2026-6841
Boletín Oficial del Estado
Resolución de 17 de Diciembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el Recurso Interpuesto Contra la Nota de Calificación del Registrador de la Propiedad de Mula, por la Que Se Suspende la Inscripción de Un Derecho de Arrendamiento Rústico sobre Parte de Una Finca Registral, por No Aportarse la Georreferenciación de la Parte de la Finca sobre la Que Se Constituye el Derecho de Superficie.
Fecha de publicación
martes, 24 de marzo de 2026
Sección
III. Otras DisposicionesEpígrafe
RecursosResumen
Resolución de 17 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, publicada en el BOE el 24 de marzo de 2026, que resuelve un recurso contra la nota de calificación del registrador de Mula. La resolución regula la inscripción de un derecho de arrendamiento rústico sobre parte de una finca, en un contexto donde la calificación registral suspende la inscripción por falta de georreferenciación y ratificación del mandatario.
Afecta a la mercantil «Cobra Concesiones, SL», que pretende inscribir un arrendamiento para la construcción y explotación de una planta solar, y a los titulares registrales. La resolución confirma que, para inscribir derechos sobre parte de fincas, es imprescindible la georreferenciación en formato GML y la ratificación expresa del mandatario, dado que la superficie arrendada excede la registrada y no se aportaron los archivos GML adecuados. La resolución destaca que la simple descripción en planos y coordenadas no es suficiente sin la georreferenciación completa y precisa, y que la falta de ella impide garantizar la delimitación espacial correcta del derecho.
Se desestiman los recursos y se confirma la calificación negativa por no haberse aportado la documentación técnica necesaria para verificar la ubicación y superficie exacta del arrendamiento, en línea con la doctrina de la Dirección General sobre la importancia del principio de especialidad registral y la necesidad de la representación gráfica georreferenciada en operaciones que afectan a la finca. La entrada en vigor de esta resolución es inmediata, y contra ella cabe recurso mediante demanda ante los Juzgados de lo Civil en el plazo de dos meses.
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