Presupuestos Generales del Estado (PGE): qué son y cómo se aprueban
Los Presupuestos Generales del Estado (PGE) son la ley anual que recoge la totalidad de los gastos e ingresos del sector público estatal, conforme al artículo 134.2 de la Constitución española. Se tramitan como ley ordinaria y se publican en la Sección I del BOE.
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El problema: oyes hablar de los PGE y no sabes qué son en realidad
Cada otoño llegan noticias sobre "los Presupuestos Generales del Estado" sin que quede claro qué son en la práctica. ¿Es una ley como cualquier otra? ¿Qué pasa si no se aprueban a tiempo? Si cobras del sector público, eres autónomo o simplemente sigues el BOE, conviene tener clara la respuesta antes de la próxima noticia sobre una prórroga o un nuevo proyecto de ley.
Qué son los Presupuestos Generales del Estado
Los Presupuestos Generales del Estado (PGE) son la ley anual que cuantifica y distribuye el gasto público del Estado, junto con la previsión de ingresos para financiarlo. Su base está en el artículo 134 de la Constitución española, cuyo apartado 2 establece que "tendrán carácter anual, incluirán la totalidad de los gastos e ingresos del sector público estatal y en ellos se consignará el importe de los beneficios fiscales que afecten a los tributos del Estado".
Se tramitan como una ley ordinaria, no como ley orgánica, aunque con un procedimiento parlamentario específico regulado en el propio artículo 134 CE y en el Reglamento del Congreso. La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria (BOE-A-2003-21614), desarrolla el régimen presupuestario del sector público estatal y sus principios de gestión: anualidad, estabilidad presupuestaria, sostenibilidad financiera, plurianualidad y transparencia.
Quién elabora los PGE y quién los aprueba
El Gobierno es quien elabora el proyecto de ley de PGE, mientras que las Cortes Generales (Congreso y Senado) lo examinan, enmiendan y aprueban, según el artículo 134.1 CE. El Gobierno debe presentar el proyecto ante el Congreso de los Diputados al menos tres meses antes de la expiración de los presupuestos del año anterior, lo que sitúa el límite en torno al 1 de octubre.
Antes de existir un proyecto de ley como tal, el Gobierno fija el techo de gasto del ejercicio siguiente mediante acuerdo del Consejo de Ministros, dentro del marco de la senda de estabilidad presupuestaria y de deuda pública que también deben aprobar las Cortes Generales.
Qué pasa si no se aprueban antes de que empiece el año
El artículo 134.4 CE prevé un mecanismo de seguridad: si la Ley de Presupuestos no se aprueba antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se consideran automáticamente prorrogados los del ejercicio anterior hasta que se aprueben unos nuevos. Es lo que ha ocurrido en España en varios ejercicios recientes, con las cuentas de un año prorrogándose sucesivamente mientras no se aprueba una ley nueva.
Esta prórroga no significa que no pueda haber cambios normativos durante el año: el Gobierno puede aprobar medidas tributarias o de gasto puntuales mediante reales decretos-ley independientes, aunque sin la visión de conjunto que ofrece una ley de presupuestos completa. Puedes seguir ese tipo de medidas dispersas en nuestra guía sobre los cambios fiscales de 2026.
Qué contienen habitualmente los PGE
Además del estado de gastos e ingresos que exige el artículo 134.2 CE, una ley de PGE recoge tradicionalmente:
- Las retribuciones del personal al servicio del sector público y su incremento anual.
- La oferta de empleo público del ejercicio y las tasas de reposición de efectivos.
- Las bases y tipos de cotización a la Seguridad Social.
- Las transferencias a las comunidades autónomas y a la Seguridad Social.
- Determinados límites o umbrales de regímenes fiscales, cuando la ley los actualiza.
Dónde se publican los PGE
Una vez aprobados por las Cortes Generales, los PGE se publican en la Sección I del BOE, la misma sección donde aparecen el resto de leyes, reales decretos-ley y reales decretos. Puedes seguir el proceso completo de tramitación, con el calendario constitucional y el estado del proyecto para el próximo ejercicio, en nuestra guía sobre los Presupuestos Generales del Estado 2027.
Los resúmenes son orientativos. Para efectos legales, consulta siempre el texto íntegro en boe.es.
Diferencias con conceptos similares
Los Presupuestos Generales del Estado son la ley que cuantifica el gasto y el ingreso del sector público estatal para un ejercicio concreto (art. 134 CE). No deben confundirse con el techo de gasto, que es solo el límite máximo de gasto no financiero fijado por el Consejo de Ministros antes de que exista un proyecto de ley de PGE, ni con la senda de estabilidad presupuestaria, que fija los objetivos de déficit y deuda para el conjunto de las administraciones durante los tres ejercicios siguientes y debe aprobarse en las Cortes Generales antes de que el proyecto de PGE pueda tramitarse.
Preguntas frecuentes
¿Qué son los Presupuestos Generales del Estado?
Son la ley anual que recoge la totalidad de los gastos e ingresos del sector público estatal, conforme al artículo 134.2 de la Constitución española. Los elabora el Gobierno y los aprueban las Cortes Generales, y se publican en la Sección I del BOE una vez aprobados.
¿Qué pasa si los PGE no se aprueban antes de que acabe el año?
El artículo 134.4 de la Constitución prevé la prórroga automática de los presupuestos del ejercicio anterior hasta que se apruebe una ley de PGE nueva. Durante la prórroga, el Gobierno puede aprobar medidas puntuales de gasto o fiscales mediante reales decretos-ley independientes.
¿Los PGE son una ley orgánica?
No. Se tramitan como ley ordinaria, es decir, no requieren mayoría absoluta en el Congreso, aunque su procedimiento parlamentario tiene particularidades propias reguladas en el artículo 134 de la Constitución y en el Reglamento del Congreso.
¿Qué diferencia hay entre el techo de gasto y los PGE?
El techo de gasto es el límite máximo de gasto no financiero del Estado para el ejercicio siguiente, fijado por acuerdo del Consejo de Ministros antes de que exista un proyecto de ley. Los PGE son la ley completa, aprobada después por las Cortes Generales, que desarrolla ese límite en el estado de gastos e ingresos del ejercicio.