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Plantillas y Trámites Descargables

Modelo de instancia general para la Administración

Tienes que dirigirte a un organismo público y no encuentras un formulario oficial para tu gestión. Aquí tienes los requisitos exactos del artículo 66 de la Ley 39/2015, la estructura y un modelo orientativo, gratis, para adaptar a tu caso.

Plantilla en texto, sin registro. Con los requisitos exactos de la Ley 39/2015 (LPACAP).

Un trámite sin formulario propio y un escrito que no sabes cómo redactar

Necesitas pedir algo a la Administración —un certificado, información sobre un expediente, una gestión concreta— y descubres que ese trámite no tiene un formulario oficial propio.

La ley no exige un modelo específico para estos casos, pero sí una estructura mínima que tu escrito debe cumplir para que el órgano lo admita a trámite sin más requisitos.

Una instancia general bien planteada, con todos los datos exigidos por ley, es lo que evita que la Administración te requiera subsanarla antes de tramitarla.

Qué es la instancia general y qué exige la ley

El artículo 66.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP), fija los requisitos mínimos que debe contener cualquier solicitud dirigida a una Administración pública, tenga o no un formulario propio:

  • Nombre y apellidos del interesado y, en su caso, de quien lo represente.
  • Identificación del medio electrónico, o del lugar físico, para las notificaciones.
  • Hechos, razones y petición en que se concreta la solicitud, con claridad.
  • Lugar y fecha.
  • Firma del solicitante o acreditación de la autenticidad de su voluntad por cualquier medio.
  • Órgano, centro o unidad administrativa a la que se dirige y su código de identificación.

El artículo 66.4 LPACAP añade que, cuando varias personas formulen una petición con el mismo contenido y fundamento, pueden hacerlo en una única solicitud, salvo que la normativa reguladora del procedimiento concreto establezca otra cosa. Si tu escrito no cumple alguno de estos requisitos, el órgano puede requerirte que lo subsanes: repasa el plazo y el procedimiento en la guía sobre el modelo de escrito de subsanación.

Cuándo usar una instancia general

Estos son los casos más habituales en los que corresponde presentar una instancia general en lugar de un formulario específico.

  • Necesitas dirigirte a una Administración pública para una gestión que no tiene un formulario o modelo oficial propio.
  • Quieres iniciar un procedimiento, pedir información, solicitar un certificado o plantear una petición genérica.
  • El organismo admite instancias en papel o a través de su registro electrónico general, sin exigir un impreso específico.
  • Buscas la estructura mínima que exige la ley para que la Administración no rechace tu escrito por defecto de forma.

Estructura de una buena instancia general

Los seis requisitos del artículo 66 LPACAP se organizan, en la práctica, en cuatro bloques de contenido.

1. Identificación

Nombre y apellidos del interesado (y de su representante, si actúa por medio de otra persona), DNI/NIE, y el medio o lugar donde quiere recibir notificaciones.

2. Exposición de hechos

Los antecedentes o hechos relevantes que motivan la solicitud, expuestos con claridad y por orden cronológico si hay varios.

3. Fundamentos o razones

Las razones o motivos, jurídicos o de hecho, en que se apoya la petición, si procede citarlos.

4. Petición

Lo que solicitas de forma clara y concreta, dirigido al órgano, centro o unidad administrativa competente.

Plantilla: modelo de instancia general

Copia esta estructura y sustituye cada corchete por tus datos. Es un modelo orientativo, no un formulario oficial: revisa siempre si el organismo al que te diriges exige presentarlo por su sede electrónica o en un formato concreto.

[NOMBRE Y APELLIDOS], con DNI/NIE [número], y domicilio a efectos de notificaciones en [dirección o medio electrónico], [Si actúa mediante representante: EN REPRESENTACIÓN DE [nombre y apellidos o razón social], con DNI/NIE/CIF [número], según acredito mediante [documento de representación],] ANTE [órgano, centro o unidad administrativa al que se dirige], EXPONE PRIMERO. [Hechos y antecedentes relevantes para la petición, expuestos con claridad y, si son varios, por orden cronológico]. SEGUNDO. [Razones o fundamentos, jurídicos o de hecho, en los que se apoya la solicitud, si procede citarlos]. Por todo lo expuesto, SOLICITA [Petición concreta que se formula al órgano, expresada con claridad]. En [localidad], a [fecha]. [Firma]

Este modelo es orientativo y no constituye asesoramiento legal. No sustituye a un formulario oficial cuando el procedimiento tiene uno propio: revisa siempre la convocatoria o normativa específica de tu trámite. Si el asunto es complejo o hay derechos importantes en juego, consulta con un profesional antes de presentarlo. Verifica siempre el procedimiento concreto en boe.es o en la sede electrónica del organismo correspondiente.

Presentada la instancia, ¿qué sigue?

Una vez registrada, el órgano competente inicia la tramitación del procedimiento. Si el escrito no cumple alguno de los requisitos del artículo 66, la Administración te requerirá para que lo subsanes en un plazo de diez días, conforme al artículo 68.1 LPACAP, antes de tenerte por desistido de tu petición.

Si tu instancia forma parte de un expediente administrativo más amplio —una alegación, un recurso, una solicitud de documentación— puedes repasar el resto de trámites relacionados en la guía completa de plantillas y modelos administrativos del BOE y en la guía sobre cómo presentar alegaciones en un expediente administrativo. Muchas convocatorias, resoluciones y trámites que admiten instancia general se publican en el Boletín Oficial del Estado (BOE), especialmente en materia de subvenciones, personal o procedimientos sancionadores. Repasa también qué es un expediente administrativo antes de presentar tu solicitud.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es una instancia general?+
Es el escrito básico y genérico con el que cualquier persona se dirige a una Administración pública para iniciar un trámite, hacer una petición o presentar una solicitud que no tiene un formulario oficial propio, conforme a los requisitos mínimos del artículo 66 de la Ley 39/2015 (LPACAP).
¿Qué debe llevar obligatoriamente una instancia general?+
Según el artículo 66.1 LPACAP: nombre y apellidos del interesado (y de su representante, en su caso), identificación del medio o lugar para notificaciones, los hechos, razones y petición expuestos con claridad, el lugar y fecha, la firma o acreditación de la voluntad del interesado por cualquier medio, y el órgano, centro o unidad administrativa a la que se dirige.
¿Puedo presentar una instancia general en papel?+
Depende de quién la presenta. Las personas físicas pueden elegir entre papel y medios electrónicos, salvo que una norma les obligue a relacionarse electrónicamente. Las personas jurídicas, entidades sin personalidad, quienes ejerzan una actividad profesional colegiada y los empleados públicos en determinados trámites están obligados a presentarla por medios electrónicos, conforme al artículo 14 LPACAP.
¿Dónde se presenta una instancia general?+
En el registro electrónico general de la Administración a la que se dirige, en las oficinas de registro presenciales, en las oficinas de Correos, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, o en cualquier otro lugar que establezca la normativa vigente (artículo 16.4 LPACAP).
¿Qué diferencia hay entre una instancia general y una solicitud con formulario oficial?+
Cuando el procedimiento tiene un formulario oficial —una convocatoria de subvención, unas oposiciones, una licencia específica—, debes usar ese modelo. La instancia general se reserva para gestiones que no tienen un impreso propio: es el escrito básico que cumple los requisitos mínimos del artículo 66 LPACAP para cualquier petición genérica a la Administración.

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Modelo de instancia general para la Administración

Encontrar un modelo de instancia general es el primer paso cuando necesitas dirigirte a una Administración pública para una gestión que no tiene un formulario propio. La estructura básica —identificación, hechos, fundamentos y petición— se apoya directamente en los requisitos del artículo 66 de la Ley 39/2015 (LPACAP), válidos para cualquier organismo público español, aunque cada Administración puede exigir presentarla por su sede electrónica o registro específico.

Los resúmenes y modelos de esta página son orientativos. Para efectos legales, consulta siempre el texto íntegro de la Ley 39/2015 y la normativa específica de tu procedimiento en boe.es, y valora acudir a un profesional del derecho si el asunto es complejo. Desde el buscador de BOE Hoy puedes localizar disposiciones y resoluciones relacionadas con tu expediente, y desde alertas puedes activar avisos por email para seguir la evolución de tu procedimiento.