BOE-A-2025-12738
Boletín Oficial del Estado
Resolución de 19 de Mayo de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el Recurso Interpuesto Contra la Nota de Calificación de la Registradora de la Propiedad Interina de Inca N.º 2, por la Que Se Suspende la Inscripción de Una Escritura de División Horizontal.
Fecha de publicación
lunes, 23 de junio de 2025
Sección
III. Otras Disposiciones
Departamento
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Epígrafe
Recursos
Resumen
Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, que revisa la calificación registral de una escritura de división horizontal en Inca. La resolución analiza un recurso presentado por el notario Vicente Martorell García contra la suspensión de inscripción emitida por la registradora interina, Margarita Grau Sancho.
La resolución regula aspectos técnicos y jurídicos de la inscripción de divisiones horizontales en propiedades con elementos de suelo y jardines, en particular en el contexto de viviendas unifamiliares adosadas. Se destaca que la configuración de jardines como elementos privativos requiere una base legal clara y que la descripción en la escritura debe ajustarse a la normativa urbanística y registral, considerando que en la propiedad horizontal “tumbada” el suelo sigue siendo elemento común, salvo excepciones.
Asimismo, se revisa la exigencia de certificaciones técnicas previas, concluyendo que no existe una obligación legal expresa de presentar una certificación adicional para la inscripción de división horizontal, siempre que la edificación y sus elementos estén correctamente inscritos y descritos en la obra nueva.
La resolución estima parcialmente el recurso, revocando la calificación que exigía configurar los jardines como privativos y la certificación técnica, y reafirma que la inscripción debe ajustarse a la realidad urbanística y registral, respetando la normativa vigente. La entrada en vigor es inmediata, y el fallo ofrece pautas para futuras inscripciones similares, garantizando la coherencia entre la documentación registral y la realidad urbanística y jurídica de los inmuebles.