BOE-A-2025-12741

Boletín Oficial del Estado

Resolución de 23 de Mayo de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el Recurso Interpuesto Contra la Calificación de la Registradora de Bienes Muebles de Alicante, por la Que Se Deniega la Cancelación de Una Anotación de Embargo por Caducidad.

Fecha de publicación

lunes, 23 de junio de 2025

Resumen

Resolución de 23 de mayo de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, que revisa la denegación de cancelación de anotaciones de embargo por caducidad en el Registro de Bienes Muebles de Alicante. La resolución confirma que las anotaciones preventivas de embargo practicadas en 2019, prorrogadas en 2022, permanecen vigentes debido a la suspensión de plazos por el estado de alarma derivado del COVID-19, aplicada mediante el artículo 42 del Real Decreto-ley 8/2020. La normativa establece que, durante la vigencia del estado de alarma, los plazos de caducidad de estos asientos se suspenden y se reanudan tras su finalización, sumando además 88 días naturales por la suspensión de los plazos registrales. La resolución aclara que, en este contexto, la prórroga de las anotaciones fue correcta y que, por tanto, no procede su cancelación por caducidad, ya que estas permanecen vigentes hasta junio y julio de 2022. La decisión refuerza la protección de los asientos registrales bajo la salvaguardia de los tribunales y establece que las cancelaciones por caducidad solo pueden realizarse mediante mandamiento de cancelación expedido por autoridad competente. La resolución es definitiva y puede ser recurrida ante los tribunales en el plazo de dos meses. La entrada en vigor es inmediata, consolidando la interpretación del impacto del COVID-19 en los plazos registrales y la validez de las anotaciones prorrogadas durante la pandemia.