BOE-A-2025-12750

Boletín Oficial del Estado

Resolución de 16 de Junio de 2025, de la Secretaría General Técnica-secretariado del Gobierno, por la Que Se Acuerda la Remisión del Expediente Administrativo Correspondiente a los Recursos Contencioso-administrativos 1/166/2025, 1/169/2025 y 1/171/2025, Procedimiento Especial de Protección de los Derechos Fundamentales, Interpuestos ante el Tribunal Supremo, Sala de Lo Contencioso-administrativo, Sección Cuarta, y Se Emplaza a las Personas Interesadas.

Fecha de publicación

lunes, 23 de junio de 2025

Sección

III. Otras Disposiciones

Departamento

Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

Epígrafe

Recursos

Resumen

Resolución de 16 de junio de 2025, de la Secretaría General Técnica del Gobierno

Esta resolución acuerda la remisión del expediente administrativo relacionado con recursos contencioso-administrativos presentados ante el Tribunal Supremo contra el Real Decreto 402/2025, de 27 de mayo, que regula el procedimiento para anticipar la edad de jubilación en la Seguridad Social mediante coeficientes reductores. Los recursos, interpuestos por la Unión Sindical Obrera, la Confederación Intersindical Galega y la Confederación General del Trabajo, cuestionan la legalidad de dicha normativa.

Afecta directamente a las partes interesadas en estos recursos, incluyendo sindicatos y organizaciones sociales, y tiene implicaciones jurídicas relevantes para la interpretación y aplicación del régimen de jubilación anticipada en el sistema de Seguridad Social. Además, se emplaza a quienes tengan interés legítimo en mantener la vigencia del decreto a comparecer y personarse como demandados en los procedimientos en un plazo de cinco días desde la publicación.

La resolución, publicada el 23 de junio de 2025, cumple con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y facilita la tramitación de estos recursos ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. La medida garantiza la participación de las partes interesadas en el proceso judicial correspondiente.